Manifestamos nuestra voluntad de eliminar del ámbito de la legítima confrontación política o electoral entre nuestros dos partidos las políticas para acabar con el terrorismo.
jueves, 15 de marzo de 2007
Los ecos del 10-M
viernes, 2 de marzo de 2007
De Juana, Chao? De mártir a héroe, fin del culebrón
Tras 115 días de huelga de hambre, una decisión personal del Ministro del Interior lleva a De Juana al Hospital más cercano a su domicilio y en el que su propia hermana es la mandamás de todas las enfermeras, y la que coordina el servicio de visitas. El fin de este culebrón merece una última y serena reflexión. En primer lugar, hacia un Gobierno que ha resuelto con diligencia un problema que él mismo se había creado, aunque estan por ver las reacciones de una opinión pública española partida en dos (en tres, si tenemos en cuenta la opinión pública nacionalista). La decisión habrá contado con el beneplácito de Zapatero, que ha dudado hasta el último momento entre dejar morir al preso en la cama del Hospital Donostia o bien aplicarle medidas de gracia, descartando de plano el indulto y vista la poca voluntad de De Juana por abandonar la huelga de hambre, entendida como un paso más en la lucha de alguien que está dispuesto a matar y a morir por su patria. Rubalcaba ha hecho caso de las peticiones de Rodríguez Ibarra: "No dejes que ese canalla se muera y se convierta en un héroe". Finalmente el ejecutivo ha arriesgado y ha optado por la prisión atenuada. El régimen de segundo grado ha sido considerado suficiente por el propio interesado para abandonar su ayuno, a pesar de que afirmó que no aceptaría cualquier medida que no fuese la libertad completa. No obstante, era previsible que el preso de ETA acabaría aceptando una medida intermedia, con vigilancia policial permanente primero en el hospital y después en su domicilio. Además, teniendo en cuenta su precario estado de salud, son completamente descartables los supuestos de fuga o reiteración delictiva. Éstas no serán probablemente las últimas portadas que acapare Iñaki De Juana. Habrá que ver cuál es la reacción social cuando goce de la libertad definitiva, cuando empiece a andar por las calles vascas. Habrá que ver también qué medio que no sea Gara, Berria o Info7 irratia es el primero en entrevistarle, y cuánto sensacionalismo acapara.
Ayer, Antena3 nos ofreció un reportaje que guardaba para la ocasión, en el que Soares Gamboa, conocido como el etarra arrepentido, relataba pormenorizadamente y desde el lugar de los hechos las fechorías que cometió en el Comando Madrid junto al propio De Juana, Idoia López Riaño, Belén González Peñalva y Troitiño. Ello aparecía combinado en todo un ejercicio de pornografía sentimental con los testimonios tanto de las víctimas supervivientes de los atrocesa atentados como de familiares de los fallecidos. Eso sí, a excepción del propio de Juana, no faltó ninguna fuente: el director de Gara, Ynestrillas, una de las más conocidas abogadas de la izquierda abertzale, ex altos cargos públicos en los 80, etc. Un completo repaso al pasado y presente de De Juana Chaos, donde no faltó algo habitual en los reportajes de Antena3, la cámara oculta, que en este caso perseguía a la novia del preso, Irati Aranzábal, y registraba la conversación con el padre de La tigresa.
Son imprevisibles las consecuencias que tendrá una decisión tan controvertida y que no iba a dejar satisfecho a nadie. Por el momento el PP ya ha convocado por vía directa una manifestación de protesta. Habrá que ver si tiene efectos electorales en los comicios de mayo, los populares acumulan con ésto más munición para la precampaña. En todo caso, cabe tener en cuenta que la decisión no vulnera la legalidad, aunque es comprensible q
ue vulnere la moral y la dignidad, pero esos no son preceptos jurídicos. SI bien el único responsable de su delicado estado de salud es el propio De Juana, que inicia voluntariamente una huelga de hambre, el Código Penal no diferencia entre autorías de factores que afecten a la salud de un preso: tanto si ha sido un hecho voluntario (huelga de hambre, alcoholismo, drogodependencia), involuntario (cáncer) o inducido por terceros o por las condiciones carcelarias (infección, ETS, SIDA), la obligación de los poderes públicos es velar por la salud del reo, sea más o menos conocido y mediático, y sea terrorista, violador o corrupto. En este caso concreto no había precedentes similares, pero no obstante el supuesto de huelga de hambre se equipara a otros supuestos relacionados con vicios personales o autolesiones. Al menos por el momento. Hoy Informativos Telecinco ofreciá una breve información en la que afirmaba que hay presos comunes dispuestos a iniciar una huelga de hambre, para ver si así logran también beneficios penitenciarios.jueves, 8 de febrero de 2007
A vueltas con De Juana
Esta semana el diario conservador británico “The Times” nos sorprendía con la publicación de una sospechosa entrevista a Iñaki de Juana, incluida una fotografía muy expresiva e impactante. Más allá de las valoraciones o posicionamientos políticos, resulta interesante analizar este hecho desde el punto de vista de la deontolo
gía de los medios. En la tertulia de ayer de 59 segundos, en TVE, los periodistas intervinientes afirmaron que si ellos tuviesen la oportunidad de entrevistar al preso de ETA lo hubieran hecho, aunque alguno de ellos dijo que se habria arrepentido posteriormente (Fernando Ónega).
Como también es conocido, el rotativo londinense se agarró al secreto profesional, con buen criterio a mi entender, debido a que el periodista se reserva el derecho a revelar sus fuentes. Ahora bien, ¿cuales han sido estas fuentes? ¿Cómo se ha realizado la entrevista? En el citado programa de TVE se apuntaba al hecho de que posiblemente se le había pasado el cuestionario por escrito, debido a que “no hay réplica del periodista en las preguntas”. Desde luego, analizando la entrevista, este hecho es más que palpable.
Indudablemente, cualquier periodista que se precie debe entrevistar a cualquiera de los protagonistas intervinientes en un litigio o contencioso que es noticia, y nada ha llenado tanto los periódicos estos últimos meses como el caso De Juana Chaos. En este caso concreto, se trata de un preso preventivo condenado a 12 años y siete meses de prisión por amenazas terroristas vertidas en sendos artículos escritos en el diario Gara (el cambio de diseño y de contenidos en la web de Gara me impiden poner con precisión el enlace de los dos artículos). No hay legislación que impidan a un periodista entrevistar a un preso, siempre y cuando éste reciba la autorización de Instituciones Penitenciarias para realizar la correspondiente visita al reo. En este caso, De Juana tan sólo ha recibido la visita de sus familiares, abogados y de tres representantes de la cultura vasca, aparte de los policías y forenses que se encargan de su custodia.
Echando un vistazo al Código Deontológico, vemos que en este caso el periodista que "sub-encargó" la entrevista no ha vulnerado ninguno de los principios de la profesión periodística. Ni siquiera principios éticos, por mucho horror que pueda causar la entrevista a un asesino, cabe señalar que éste ya ha cumplido con la justicia por los 25 asesinatos que cometió, y de los que afirma en la entrevista no arrepentirse. El motivo legal por el que está en prisión son las amenazas que el juez interpreta vertió en sendos artículos de prensa. Por tanto, hay que tener presente que Times entrevista a un preso encarcelado por amenazas terroristas, no por unos crímenes anteriores ya juzgados, sentenciados y cumplimentados.
Aún así, no son nada recomendables los medios empleados para la obtención de la entrevista, más propios de un chapuzero trabajo universitario que de uno de los periódicos más prestigiosos del mundo: un questionario escrito, una foto hecha con teléfono móvil por los abogados. En definitiva, desde el punto de vista del método, toda una chapuza que ha escandalizado a la opinión pública española.
Es interesante no obstante analizar la colisión que se produce entre el secreto profesional y la legislación. Como es sabido, el diario The Times se ha acogido al secreto profesional para no revelar sus fuentes, aunque los medios españoles han arrojado luz sobre los supuestos contactos que ha tenido para hacer la entrevista, los expuestos por el autor anteriormente (familiares, abogados, questionario escrito). El Código deontólocico de la Federación de Asociaciones de la Prensa en España firmado en Sevilla en 1993, en su artículo décimo, no deja dudas al respecto:
El secreto profesional es un derecho del periodista, a la vez que un deber que garantiza la confidencialidad de las fuentes de información.
Por tanto, el periodista garantizará el derecho de sus fuentes informativas a permanecer en el anonimato, si así ha sido solicitado. No obstante, tal deber profesional podrá ceder excepcionalmente en el supuesto de que conste fehacientemente que la fuente ha falseado de manera consciente la información o cuando el revelar la fuente sea el único medio para evitar un daño grave e inminente a las personas.
En este caso, el periódico londinense garantiza la confidencialidad de sus fuentes, a no ser que medie en ello un proceso judicial, es decir, que sea necesaria su revelación para el esclarecimiento de un proceso judicial, que por ahora, no procede.
Es pertinente recordar que hemos analizado este caso desde el punto de vista del periodismo español, aunque debemos tener en cuenta el marco en el que trabaja The Times. En ese espacio, hay dos principales códigos que regulan la actividad periodística: el Código Ético de Conducta, elaborado por la Unión Nacional de Periodistas, y el Código de la Práctica, obra de la Comisión de la Prensa Británica. Cabe señalar que ambos no difieren mucho de los Códigos elaborados en nuesto país. En cuanto al Código Ético de Conducta, elaborado en 1994, resulta curioso observar lo especificado en su artículo quinto:
Un periodista obtendrá la información, fotografías y las ilustraciones solamente veraz. El uso de otros medios se puede justificar solamente para garantizar del interés público. El periodista ejeccerá tales medios en objeción a su consciencia personal.
(Gracias Marian por la traduccion de los false friends xD)
Los periodistas o los fotógrafos que hacen investigaciones en los hospitales o las instituciones similares deben identificarse ante un ejecutivo responsable y obtener el permiso antes de procede a la publicación.
En este caso, la entrevista se obtiene en un hospital a un preso que está bajo la custodia de Instituciones Penitenciarias, y por lo que se conoce, el periódico no solicitó el permiso a la administración pertiente para entrevistar al reo. En este caso hay una doble posibilidad, por un lado la del preso y por otra la del paciente de hospital, y en ambas contradice lo establecido por la Comisión de la Prensa Británica. En cuanto a la colisión entre intromisión penal y secreto profesional, advierte en su artículo quinto:
En los casos que implican pena personal o colisión, las investigaciones deben ser realizadas y los acercamientos deben ser hechos con diligencia y discreción. Las publicaciónes han de ser manejadas con sensibilidad en estos casos, pero esto no se debe interpretar como restricción del derecho a divulgar procedimientos judiciales.
